Creative Commons y la gestión de derechos de autor: el camino que falta recorrer

Mientras Francia se une a países que tienen planes pilotos entre entidades de gestión de derechos de autor y creadores que licencian con CC – No Comercial, en Chile, en opinión de músicos como Fakuta, “falta una explicación de cómo estas dos entidades pueden convivir”.

Hagamos un ejercicio. Revisemos las bandas locales que semana tras semana hacen tocatas en el territorio nacional y veamos cuáles han sido sus estrategias para ser conocidas en el circuito. Es Dënver (quizás una de las bandas nacionales más reconocidas en este último tiempo), pero también los emergentes Protistas, Fakuta, Los Embajadores, Mika Martini, y un largo etcétera de creadores que utilizan Internet como herramienta de difusión y, muchas veces, de distribución de sus obras. Un largo listado de ellos, además, utilizan licencias Creative Commons.

Tomemos el caso del sello online Michitarex como ejemplo. Mucho de su éxito se basa en una estrategia clara en Internet. Como una de sus fundadoras nos cuenta, Fakuta, optaron por utilizar licencias Creative Commons porque sabían que compartir legal y gratuitamente la música a través de Internet era un paso clave para la disfusión de su obra.

Pero ¿qué ocurre cuando estos músicos comienzan a ser considerados en los circuitos comerciales tradicionales? Ya no es extraño escuchar a la misma Fakuta en radios comerciales de alcance nacional. Entonces, ¿es compatible la gestión de derechos de autor con las licencias Creative Commons?

Nadie parece tenerlo verdaderamente claro y en buena parte es producto de la nebulosa generada por los propios organismos de gestión colectiva de derechos. Una licencia es una autorización que hace el titular de derechos que, en el caso de las licencias CC, son perfectamente compatibles con la gestión comercial colectiva.

Para Fakuta, su elección de una licencia CC no estuvo libre de dudas. “Me quedé con la información que se obtiene de la página de Creative Commons, que es bastante clara, y confié, así como también confié que podía tener mis canciones licenciadas con CC Atribución – No Comercial y, al mismo tiempo, poder inscribirlas en la SCD con tal de cobrar derechos de autor en la medida que mis canciones se toquen en las radios, etc.”.

Pero ese es el caso chileno.

Al otro lado del charco, en Francia, SACEM es la mayor sociedad de gestión de derechos de autor en ese país. La “Société des auteurs, compositeurs et éditeurs de musique” se encarga de cobrar los pagos por derechos de los artistas y la distribución de los derechos a los autores originales, compositores y editores.

En enero pasado, se hizo público un acuerdo piloto (de 18 meses) entre Creative Commons y SACEM, el cual básicamente permite que los miembros de esta última organización puedan distribuir sus obras con fines no comerciales a través del uso de algunas de las licencias Creative Commons especialmente acondicionadas para eso: BY-NC; BY-NC-SA o BY-NC-ND.

Bernard Miyet, presidente de SACEM, dijo que “este acuerdo demuestra la voluntad de SACEM para adaptarse a las prácticas de algunos de sus miembros, en particular con respecto a la aplicación de la tecnología digital. Esta es una ventaja para los compositores y editores, si lo desean, y promoverá sus obras no comerciales en un marco legal definido, manteniendo la posibilidad de recibir una justa y eficaz remuneración para la explotación de sus creaciones”.

El acuerdo francés no es el primero en su tipo. De hecho, ya hay uno similar en Holanda, donde existe un modelo en el que Buma/Stemra (entidad de gestión colectiva de derechos autor de músicos de ese país) autoriza a sus miembros a utilizar una de las tres licencias de uso no comercial ofrecidas por Creative Commons Holanda, y así, continuar gestionando colectivamente las utilizaciones de carácter comercial.

Como lo habíamos analizado anteriormente en Creative Commons Chile, la situación de Europa en estos términos es mucho más adelantada que con el resto de Latinoamérica. Pero es adelantada producto de las prácticas y producto de un cambio en el foco por parte de las entidades de gestión colectiva. Este es un ejemplo que debiéramos imitar en Chile, donde nuestras entidades de gestión colectiva siguen viendo a Creative Commons como una amenaza en lugar de entender que configura un ecosistema creativo que apunta a utilizar internet como una herramienta de promoción, distribución y reutilización creativa.

Por mientras, en nuestro contexto, la opinión de Fakuta parece representar a muchos creadores:

“Creo que aún hay muchas dudas entre los músicos. A pesar que la información en Creative Commons y en la SCD es clara, creo que falta una explicación de cómo estas dos entidades pueden convivir para que los músicos puedan hacer uso tranquilamente de ambas o de alguna de las dos opciones”.

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